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RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC20-00000065

RESUELVE: Reformar la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000050 Artículo único.- En la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000050, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No. 800 de 21 de julio de 2020, sustitúyase la Disposición Transitoria Primera por la siguiente:


“Primera.- Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que presenten su Anexo Transaccional Simplificado de manera semestral por el semestre comprendido entre enero y junio de 2020, lo harán en el mes de diciembre de 2020, de acuerdo con el noveno dígito del RUC, conforme el siguiente calendario:



Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.


Si el sujeto pasivo presentare su Anexo Transaccional Simplificado luego de haber vencido el plazo mencionado anteriormente, deberá pagar la multa correspondiente, de conformidad con lo que dispone el Código Tributario.”


DISPOSICIÓN GENERAL.- Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de determinación y control.


DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.


Dictó y firmó electrónicamente la resolución que antecede, la Econ. Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio de Rentas Internas, el 09 de noviembre de 2020. Lo certifico. -

 
 
 

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